Mi Cultura - Editorial, 15ta edición Abril 2018

Sábado, 31 Marzo 2018

Cultura sin censura 

El Estado, en ningún caso, ejercerá censura sobre la forma y el contenido ideológico y artístico de las realizaciones y proyectos culturales, y garantiza, además, la libre circulación y la difusión de todo tipo de información cultural, científica y tecnológica, reza el acápite 7 del artículo 2 de la Ley 41-00 que crea al Ministerio de Cultura.

Ese principio también está contenido en la Constitución de la República, que en su artículo 64 establece que: “Toda persona tiene derecho a participar y actuar en libertad y sin censura en la vida cultural de la Nación, al pleno acceso y disfrute de los bienes y servicios culturales, de los avances científicos y de la producción artística y literaria”.

Los anteriores enunciados, contenidos en nuestras leyes debieron ser claramente expuestos por el Ministerio de Cultura, en declaraciones públicas autorizadas por el ministro Pedro Vergés, para dejar establecido que prohibir cualquier manifestación cultural no está en la misión que le es asignada como ente del Estado responsable de definir y aplicar políticas culturales en beneficio de la población.

Y como bien se establece en la ley que crea a este ministerio, tales manifestaciones culturales constituyen “una parte integral de la identidad dominicana y se nutren, además, de los altos valores de la cultura universal y se enriquecen mutuamente”.

En su acápite 2 de dicha ley se precisa. “Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten”.

Y agrega a continuación: “El respeto de los derechos humanos, la convivencia pacífica y la comprensión entre los pueblos, la democracia participativa, la solidaridad, la interculturalidad, el pluralismo, la tolerancia, la igualdad entre los sexos y la cooperación internacional basada en un orden político y económico justo, son valores culturales fundamentales”.

Los antes citados son principios consustanciales de las políticas culturales que aplica un Ministerio de Cultura de un estado democrático de derecho como el que se ha dado el pueblo dominicano.

De ahí que no tuvo desperdicio la reacción de las autoridades del Ministerio de Cultura, cuando rumores mediáticos pretendían involucrarlo en la supuesta decisión de algunas autoridades de San Pedro de Macorís de prohibir expresiones culturales como el Gagá y el Guloya.

Las declaraciones ordenadas por el ministro Pedro Vergés fueron categóricas, y dejan sentado una orientación para otras instancias nacionales cuando afirmó: “Nuestras actuaciones se ajustan estrictamente a esos principios constitucionales, que por igual otras instituciones, públicas y privadas, deben de respetar y hacer respetar.

“Es preciso establecer, indicaba la declaración, que, por principios, el Ministerio de Cultura y sus autoridades no censuran, ni prohíben, ni coartan ninguna expresión o creación artística o cultural de ninguna persona o grupo de personas”.

Pueden estar confiados de que las acciones del ministro Vergés no lesionarán esos principios, que son además en los que cree el equipo que lo acompaña en esta gestión cultural.